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SUNAT incorporará de oficio al RUC a personas naturales que generen rentas de 3ra categoría.
Las personas naturales que hayan iniciado actividades generadoras de rentas de tercera categoría y no estén inscritas en el RUC, serán detectadas por la SUNAT, e inscritas de oficio al Nuevo RUS. Esto, siempre y cuando tales actividades sean permitidas en este Régimen y se determine que tales sujetos cumplen con los requisitos para pertenecer al mismo; […]

Las personas naturales que hayan iniciado actividades generadoras de rentas de tercera categoría y no estén inscritas en el RUC, serán detectadas por la SUNAT, e inscritas de oficio al Nuevo RUS.

Esto, siempre y cuando tales actividades sean permitidas en este Régimen y se determine que tales sujetos cumplen con los requisitos para pertenecer al mismo; de no corresponder, se les acogerá al Régimen Mype Tributario o Régimen General de darse el caso.

Por su parte, el Nuevo RUS  es un régimen tributario creado para los pequeños comerciantes y productores,  el cual les permite el pago de una cuota mensual  fijada en  función a sus compras y/o ingresos, con la que se  reemplaza el pago de diversos tributos.

Cabe señalar que de no cumplir con los requisitos para acogerse al NRUS, se deberá evaluar el tipo de actividad del sujeto y monto de ingresos para determinar el Régimen Tributario al que serán acogidos por parte de la Sunat.

 

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