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Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2022

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¿Quiénes están obligados a declarar y/o pagar el Impuesto a la Renta 2022?

Personas Naturales sin negocio

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Que hayan percibido durante el año :

A. Rentas de 1º categoría (alquiler de inmuebles)

B. Rentas de 2º Categoría (Ganancia en la venta de acciones, bonos y otros valores inmobilidario),

C. Rentas de 4º y  Categoría (ingresos de trabajador independiente y en planilla),  e ingresos de fuente extranjera.

Empresas y Negocios 

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Que hayan tributado durante el año  en cualquiera de los siguientes Regimenes Tributarios:

  • Régimen General , 
  • Régimen MYPE Tributario – RMT.

Hayan tributado en todo o parte del ejercicio en cualquiera de estos dos Regimenes.

Nosotros te ayudamos a elaborar la Declaración de Renta Anual 2022

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Cronograma de vencimiento Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2022

El plazo final para presentar tu declaración, de acuerdo al último dígito de Ruc o si eres buen Contribuyente es el siguiente:

 

ÚLTIMO DÍGITO DE RUC Y OTROS FECHA DE VENCIMIENTO 
0 24 de marzo del 2023
1 27 de marzo del 2023
2 28 de marzo del 2023
3 29 de marzo del 2023
4 30 de marzo del 2023
5 31 de marzo del 2023
6 3 de abril del 2023
7 4 de abril del 2023
8 5 de abril del 2023
9 10 de abril del 2023
Buenos Contribuyentes 11 de abril del 2023

Puede descargar aqui su cronograma para imprimirlo

Evita multas innecesarias y problemas con la SUNAT

No pagues de más. Nosotros te ayudamos a declarar a tiempo su Renta Anual 2022.

¿Tiene multa si no presento mi Declaración Anual? 

1. Personas Naturales Sin negocio

Para los contribuyentes de primera y cuarta categoría, de ser el caso, la multa es hasta el 50% de la UIT (S/.2,300.00), mas intereses hasta la fecha de cancelación.

Si la omisión a la Declaración Jurada se regulariza voluntariamente, la multa será 10% de lo originalmente fijado (S/.405.00 siempre que se pague la multa) y el 20% (S/.810.00) si presenta la DJ omitida sin pagar la multa.  

2. Personas Naturales y Jurídicas afectas al Régimen General o MYPE Tributario

La multa es de 01 UIT, equivalente a S/. 4,050.00.

Si la omisión a la declaración jurada se regulariza voluntariamente y pagas los intereses correspondientes la multa tendrá una rebaja del 90% de la UIT (S/.405.00 siempre que se pague la multa) y del 20% de la UIT, es decir S/.720 (si la DJ se regulariza sin pago de la multa).

DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA 2022

La principal declaración del año para la SUNAT

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