Contribuyentes obligados tendrán plazo hasta el 01 de marzo del 2019 para migrar a la facturación electrónica.
La Sunat informó que a partir del 1 de marzo del 2019; más de 60,000 empresas que hayan declarado ingresos mayores o iguales a 150 UIT (622,500 soles) durante los periodos tributarios correspondientes a los años 2016 y 2017, deberán adaptar de manera obligatoria a su régimen la facturación electrónica.
Inicialmente el plazo determinado por la Sunat fue hasta el primero de noviembre del 2018, dicho plazo fue extendido con la finalidad de brindar a los contribuyentes, el tiempo necesario que requiere implementar a su sistema esta nueva versión de soporte de emisión electrónica en la versión 2.1.
No obstante, se planteó que cuando no se pueda utilizar el Sistema de Emisión Electrónica, debido a la ausencia de conectividad al servicio de Internet disponible en una determinada zona; se podrá emitir comprobantes de pago de contingencia: como facturas, boletas de venta, notas de crédito o notas de débito en formato impreso.
Con este paso se espera que se incorporen al nuevo sistema de emisión, cerca de 230,000 contribuyentes masificando así el uso de comprobantes electrónicos.