Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2023

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¿Quiénes están obligados a declarar y/o pagar el Impuesto a la Renta 2023?

Personas Naturales sin negocio

declaracion anual del impuesto a la renta 2016 para personas naturales

Que hayan percibido durante el año :

A. Rentas de 1º categoría (alquiler de inmuebles)

B. Rentas de 2º Categoría (Ganancia en la venta de acciones, bonos y otros valores inmobilidario),

C. Rentas de 4º y 5º Categoría (ingresos de trabajador independiente y en planilla),  e ingresos de fuente extranjera.

Empresas y Negocios

declaracion anual del impuesto a la renta regimen general sunat estudio contable

Que hayan tributado durante todo o parte del año en cualquiera de los siguientes Regimenes Tributarios:

  • Régimen General ,
  • Régimen MYPE Tributario – RMT.

MUY IMPORTANTE : Hayan tributado en todo o parte del ejercicio en cualquiera de estos dos REGIMENES.

Nosotros te ayudamos a elaborar el Balance Anual 2023

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Cronograma de vencimento del Impuesto a la Renta 2023*

El plazo final para presentar tu declaración, de acuerdo al último dígito de Ruc o si eres buen Contribuyente es el siguiente:

ÚLTIMO DÍGITO DE RUC Y OTROSFECHA DE VENCIMIENTO 
024 de mayo del 2024
127 de mayo del 2024
228 de mayo del 2024
329 de mayo del 2024
430 de mayo del 2024
531 de mayo del 2024
63 de abril del 2024
74 de abril del 2024
85 de abril del 2024
910 de abril del 2024
Buenos Contribuyentes11 de junio del 2024

Puede descargar aqui su cronograma para imprimirlo

* Personas naturales sin negocio y Contribuyentes del Regimen MYPE Tributario o del Regimén General con ventas menos a 1700 UIT

Evita multas innecesarias y problemas con la SUNAT

No pagues de más. Nosotros te ayudamos a declarar a tiempo su Balance Anual 2023.

¿Tiene multa si no presento mi Declaración Anual? 

1. Personas Naturales Sin negocio

Para los contribuyentes de primera y cuarta categoría, de ser el caso, la multa es hasta el 50% de la UIT (S/.2,525.00), mas intereses hasta la fecha de cancelación.

Si la omisión a la Declaración Jurada se regulariza voluntariamente, la multa será 10% de lo originalmente fijado (S/.405.00 siempre que se pague la multa) y el 20% (S/.810.00) si presenta la DJ omitida sin pagar la multa.

2. Personas Naturales y Jurídicas afectas al Régimen General o MYPE Tributario

La multa  puede ser hasta de 01 UIT, equivalente a S/. 5,050.00.

Si la omisión a la declaración jurada se regulariza voluntariamente y paga junto con  los intereses correspondientes la multa tendrá una rebaja del 90% de la UIT (S/.405.00 siempre que se pague la multa) y del 20% de la UIT, es decir S/.720 (si la DJ se regulariza sin pago de la multa).

Temas sobre el Impuesto a la Renta

DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA 2023

La principal declaración del año para la SUNAT

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