Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2023
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¿Quiénes están obligados a declarar y/o pagar el Impuesto a la Renta 2023?
Personas Naturales sin negocio
Que hayan percibido durante el año :
A. Rentas de 1º categoría (alquiler de inmuebles)
B. Rentas de 2º Categoría (Ganancia en la venta de acciones, bonos y otros valores inmobilidario),
C. Rentas de 4º y 5º Categoría (ingresos de trabajador independiente y en planilla), e ingresos de fuente extranjera.
Empresas y Negocios
Que hayan tributado durante todo o parte del año en cualquiera de los siguientes Regimenes Tributarios:
- Régimen General ,
- Régimen MYPE Tributario – RMT.
MUY IMPORTANTE : Hayan tributado en todo o parte del ejercicio en cualquiera de estos dos REGIMENES.
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Cronograma de vencimento del Impuesto a la Renta 2023*
El plazo final para presentar tu declaración, de acuerdo al último dígito de Ruc o si eres buen Contribuyente es el siguiente:
ÚLTIMO DÍGITO DE RUC Y OTROS | FECHA DE VENCIMIENTO |
0 | 24 de mayo del 2024 |
1 | 27 de mayo del 2024 |
2 | 28 de mayo del 2024 |
3 | 29 de mayo del 2024 |
4 | 30 de mayo del 2024 |
5 | 31 de mayo del 2024 |
6 | 3 de abril del 2024 |
7 | 4 de abril del 2024 |
8 | 5 de abril del 2024 |
9 | 10 de abril del 2024 |
Buenos Contribuyentes | 11 de junio del 2024 |
Puede descargar aqui su cronograma para imprimirlo
* Personas naturales sin negocio y Contribuyentes del Regimen MYPE Tributario o del Regimén General con ventas menos a 1700 UIT
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¿Tiene multa si no presento mi Declaración Anual?
1. Personas Naturales Sin negocio
Para los contribuyentes de primera y cuarta categoría, de ser el caso, la multa es hasta el 50% de la UIT (S/.2,525.00), mas intereses hasta la fecha de cancelación.
Si la omisión a la Declaración Jurada se regulariza voluntariamente, la multa será 10% de lo originalmente fijado (S/.405.00 siempre que se pague la multa) y el 20% (S/.810.00) si presenta la DJ omitida sin pagar la multa.
2. Personas Naturales y Jurídicas afectas al Régimen General o MYPE Tributario
La multa puede ser hasta de 01 UIT, equivalente a S/. 5,050.00.
Si la omisión a la declaración jurada se regulariza voluntariamente y paga junto con los intereses correspondientes la multa tendrá una rebaja del 90% de la UIT (S/.405.00 siempre que se pague la multa) y del 20% de la UIT, es decir S/.720 (si la DJ se regulariza sin pago de la multa).
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