La declaración de Predios es un acto informativo exigido por la SUNAT anualmente, a fin de fiscalizar mejor las rentas y obligaciones de los propietarios de predios.
¿Quiénes están obligados a presentarla?
Antes debemos tener en cuenta el concepto de predio que abarca cualquier tipo de terreno rústico o urbano sea casa, departamento, cochera o depósito.
En ese sentido, los obligados a este tipo de Declaración son:
- Todas las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas domiciliadas o no en el país, inscritas o no en el RUC, que al 31 de diciembre de cada ejercicio cumplan cualquiera de las siguientes condiciones:
- Ser propietarios de dos o más predios no inscritos en el Registro de Predios, cuyo valor total sea mayor a S/ 150,000 (ciento cincuenta mil soles)
- Ser propietarios de dos o más predios no inscritos en el Registro de Predios, siempre que al menos dos de ellos hayan sido cedidos para ser destinados a cualquier actividad económica.
- Ser propietarios de un único predio no inscrito en el Registro de Predios, cuyo valor sea mayor a S/ 150,000 (ciento cincuenta mil soles), el cual hubiera sido subdividido y/o ampliado para cederlo a terceros a título oneroso o gratuito.
Por otro lado, es necesario que se inscriban en el registro, aquellas personas que sean propietarias de un único predio no inscrito, cuyo valor sea mayor a S/150,000 el cual se hubiera subdividido y/o ampliado para cederlo a terceros a título oneroso o gratuito; de lo contrario se aplicará una multa de S/ 630. Sin embargo, si se subsana antes de cualquier notificación de la Sunat, la multa se reduce en 100%.