Este 15 de noviembre vence el plazo para el pago de la CTS.

Por Florez Mercado Contadores

12 noviembre, 2018

Empleadores que no efectúen el pago podrían pagar una multa de hasta 22.5 UITs. (s/. 93.375)

El próximo 15 de noviembre vence el plazo para que los empleadores de las empresas del sector privado (micro, pequeña, mediana y gran empresa) hagan el depósito del monto correspondiente al periodo semestral mayo – octubre 2018 de La Compensación del Tiempo de Servicios (CTS). Informó EL Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima.

La CTS es un beneficio que las empresas brindan a sus trabajadores para que cuando la relación laboral con el empleado termine, este pueda disponer de un fondo y así pueda prever los riesgos que afrontará durante el tiempo que esté desempleado.

Para recibir este beneficio que corresponde por ley el trabajador debe estar como mínimo un mes en la planilla de la empresa. En caso el empleador no efectúe el pago, se dispondrá un plazo para que se haga el depósito y una cantidad de más que recibirá el trabajador por incumplimiento y hasta 
 pagar una multa que establece el Ministerio de Trabajo, la cual puede llegar a un monto de  S/ 93.375, que equivale a 22,5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

Recuerde que para calcular el monto de un CTS se debe tener en cuenta el 50% de la suma del sueldo neto del trabajador más un sexto de la gratificación. Es decir; si el sueldo es de S/ 6000 y el sexto de la gratificación de diciembre es S/1000, serían  S/7000; y el 50% de aquel monto es de S/ 3500.

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